SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

concedió en parte

El Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 21/2017 de 5 de junio, cursante de fs. 33 a 34 vta., concedió en parte la tutela solicitada; disponiendo que el Juez Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de El Alto del referido departamento, señale audiencia pública dentro de plazo razonable fijado por la línea jurisprudencial, “observando si la causa en mención no ha sido Radicado, caso contrario estaríamos obrando con falta de competencia” (sic), fundamentando que: a) Si bien es evidente que la autoridad demandada fijó audiencias públicas a fin de considerar la cesación de la detención preventiva; empero, “no es menos cierto, que no habría ejercido el principio de dirección”, pues tenía la obligación inexcusable de velar que su personal subalterno concluya a cabalidad las diligencias de notificación y oficios de conducción, bajo sanción de responsabilidad disciplinaria; b) Pese a que las suspensiones de audiencia que refiere el accionante no están plenamente acreditadas con documentos que debió remitir en copias simples ante el Tribunal de garantías, concurre la buena fe en tanto existe una “corresponsabilidad de orden Administrativo Judicial”; c) La solicitud de cesación a la detención preventiva no puede verse impedida ante el argumento de que los antecedentes fueron remitidos ante el Tribunal de Sentencia, así lo sostiene la SC 0120/2006, pues son tanto el Juez contralor de derechos y garantías en la etapa preparatoria, como el Tribunal de Sentencia quienes deben resolver dicha solicitud en el plazo razonable establecido por la línea jurisprudencial, por estar vinculado al derecho a la libertad, consagrado por la Constitución Política del Estado; y, d) De acuerdo con el art. 125 de la CPE esta acción puede ser presentada por toda persona que creyere que su vida está en peligro o se encuentra ilegalmente procesada.