Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S3
Fecha: 17-Jul-2017
II.3.
II.3. Según informe de 5 de junio de 2017, el Secretario del Juzgado Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo El Alto, informó a la autoridad ahora demandada que debido a estar en funciones en suplencia legal en el Juzgado Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de El Alto, no pudo estar presente en audiencia de cesación a la detención preventiva de 30 de mayo de 2017 solicitada por el ahora accionante, y que el 26 del referido mes y año, elaboró oficio de conducción a efecto de que el imputado asista a la precitada audiencia; empero, la parte solicitante no lo recogió (fs. 20).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Además enfatizó que: ‘…todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3.
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR