SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

III.3.

El accionante sostiene que se vulneraron sus derechos a la libertad física y de locomoción, por cuanto la autoridad judicial demandada, suspendió la audiencia de cesación a la detención preventiva tres veces y se negó a señalarla debido a la presentación del requerimiento conclusivo de pliego acusatorio en su contra, alegando que perdió competencia y estaría obligado por ley a remitir antecedentes al Tribunal de Sentencia, pese a que la solicitud de cesación de la medida cautelar es anterior a la acusación, generando indebida dilación en la resolución de su situación jurídica.

Retomando el caso que nos ocupa, y conforme al Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho opera en casos en que el trámite que resolverá la situación jurídica de un privado de libertad, sufre dilaciones indebidas por formalismos excesivos o traslados innecesarios fuera del marco normativo procesal, provocando demora en su resolución, afectando directamente a este derecho, en ese sentido a través de esta modalidad se procura acelerar los trámites judiciales o administrativos, precisamente para la concreción del derecho a la libertad personal vinculando la observancia del principio de celeridad.