SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Segundo -en suplencia legal de su similar Décimo- de la Capital del departamento de Tarija, mediante Resolución de 25 de mayo de 2017, cursante de fs. 103 a 107, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Mediante Memorando DIR SDC O.R.M.A. 00138/2017, se reasignó funciones al accionante, como Encargado de Microempresas; 2) Conforme al certificado de nacimiento se evidencia que su hijo nació el 26 de enero de ese año; 3) El prenombrado es Ingeniero Civil en mención Vías, con seis años de experiencia profesional, conserva el mismo nivel salarial y sitio geográfico; 4) En la Cláusula Décima del Contrato Individual de Trabajo 098/2017 de 3 de febrero se evidenció que el accionante aceptó el traslado, transferencia o rotación durante la vigencia del mismo, sea con carácter temporal o permanente para el cumplimiento de los objetivos de la entidad -SEDECA Tarija-; 5) De acuerdo a los antecedentes el accionante goza del derecho a la seguridad social, pues no existió desvinculación laboral ni hubo interrupción; 6) El Juez de garantías no puede pronunciarse sobre el acoso laboral ni la prohibición para entrar a una de sus oficinas, al ser esos temas tuición de la justicia ordinaria y administrativa disciplinaria; y, 7) Se llega a la conclusión de que no es evidente que los demandados lesionaron derechos fundamentales denunciados por el accionante, ya que las determinaciones del Ejecutivo del SEDECA Tarija se encuentran sustentadas técnica y legalmente.