SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2017-S3
Fecha: 17-Jul-2017
Fragmento 18
Por otro lado, si bien en esta acción de amparo constitucional se denuncia la vulneración del derecho a la seguridad social, conforme a los datos del proceso se puede advertir que el accionante goza de los beneficios que implica ese derecho, toda vez que no ha operado la ruptura o desvinculación laboral, elemento que no evidencia que se hubiera lesionado el derecho a la seguridad social. Finalmente, respecto al hecho de que el accionante habría sido objeto de discriminación, cabe señalar que esa situación no puede ser dilucidada a través de esta acción de control tutelar, pues ello requiere de mayores elementos que puedan dilucidar tales extremos, por lo que el prenombrado se encuentra con plena legitimación para activar los mecanismos previstos por el ordenamiento jurídico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El alcance de la inamovilidad y las condiciones laborales, entendimiento reiterado
- la afectación del nivel salarial que se traduce en la imposibilidad del empleador o la entidad pública a afectar el salario de la madre o el padre de un ser en gestación o de un niño menor de un año,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- pudiendo el trabajador de acuerdo al parágrafo V de la misma disposición, acudir directamente a las acciones constitucionales, observando la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral, quedando así plenamente determinado que con el incumplimiento de la conminatoria por parte del empleador, el trabajador está totalmente habilitado para acudir a la jurisdicción constitucional, prescindiendo inclusive -el trabajador- de la vía judicial ante la judicatura laboral,
- Fragmento 16
- no lesionó el derecho a la inamovilidad laboral,
- Fragmento 18
- CONFIRMAR