SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
La SCP 0718/2015-S3 de 3 de julio, recogiendo la jurisprudencia respecto a que la acción de amparo constitucional no puede constituirse en una instancia casacional, señaló que: “Dada la naturaleza de la acción de amparo constitucional, la uniforme jurisprudencia emitida por este Tribunal, contenida en la SCP 0294/2012 de 8 de junio, que cita a la SC 1358/2003-R de 18 de septiembre, estableció que la citada acción tutelar: '…no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias, lo que significa que sólo se activa en aquellos casos en los que se supriman o restrinjan los derechos fundamentales o garantías constitucionales, por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas' (Entendimiento reiterado en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0254/2012, 0362/2012, 0108/2012 y 1687/2012 entre otras).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- la propiedad objeto del litigio se encuentra en un área de expansión urbana prioritaria aprobada según OM 72/99-HC, de 22 de octubre de 1999, misma que de acuerdo al informe de las autoridades del Ministerio de la Presidencia, no fue homologada a través de Resolución Suprema;
- no está destinado al desarrollo de actividades agrarias
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenanza municipal homologada
- CONFIRMAR