Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
acción popular
En revisión la Resolución de 31 de enero de 2017, cursante de fs. 167 a 175, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por Luis Veizaga Gutiérrez y Víctor Conde Mamani, Secretarios Ejecutivo y de Relaciones Exteriores respectivamente de la “Federación Sindical de Colonizadores Carrasco Tropical” contra Víctor Hugo Claure Hinojosa Director; Oscar Aguilar Triveño, Profesional I Técnico; Juan Carlos Vargas Ledezma, Técnico II Jurídico; Freddy Balderrama Villarroel, Profesional I Técnico y Franz Fernando Lavayen, Profesional II Jurídico todos de la Dirección departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) de Cochabamba.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- Fragmento 12
- Los intereses colectivos y los difusos
- territorialidad, previsto en el art. 30.4) de la CPE, se constituye en un derecho colectivo,
- Fragmento 15
- III.3.Derechos colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- En lo que respecta a pueblos indígenas, es indispensable que los Estados otorguen una protección efectiva que tome en cuenta sus particularidades propias, sus características económicas y sociales, así como su situación de especial vulnerabilidad, su derecho consuetudinario, valores, usos y costumbres’
- es indispensable que los Estados otorguen una protección efectiva que tome en cuenta las particularidades propias de los pueblos indígenas, sus características económicas y sociales, así como su situación de especial vulnerabilidad, su derecho consuetudinario, valores, usos y costumbres
- III.4. Análisis del caso concreto
- emitiendo nuevo informe en conclusiones,
- Fragmento 21
- CONFIRMAR