Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017
Fecha: 21-Ago-2017
1.
1. La COMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, de los siguientes artículos adecuados conforme a lo dispuesto por la DCP 0136/2016 de 15 de noviembre y descritos en el tercer proyecto ordenado de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de San Joaquín, aprobado por 2/3 de los miembros de ese Concejo Municipal, según consta en acta de sesión ordinaria 03/2017 de 2 de febrero: 25; 32, 36.7; 63.41; y 92.II.1.1, 1.3 y 1.4.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.2.
- IMPROCEDENCIA
- Artículo 25. Representantes de pueblos indígenas originarios campesinos.
- Artículo 25. Representantes de los pueblos indígenas originarios campesinos.
- Control previo de constitucionalidad
- indígena
- mantener subsistente el cargo de incompatibilidad sobre la previsión; por consiguiente, será obligación del estatuyente, reformular la regulación, atendiendo a los fundamentos que anteceden.
- Artículo 92. Ingresos tributarios y no tributarios.
- numerales 1.1, 1.3 y 1.4 del parágrafo II
- por lo que se da por repuesto este número
- Artículo 129. Régimen de la niñez y adolescencia.
- (Este texto corresponde al art. 129 original, cuyo numeral, epígrafe y primer parágrafo fueron suprimidos)
- Artículo 125. Régimen de la niñez y adolescencia.
- el consultante procederá a la reposición de la frase extrañada
- 1.
- 6.