DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017
Fecha: 21-Ago-2017
I.1. Contenido de la consulta
Por oficio presentado en fecha 15 de febrero de 2017 cursante a fs. 676 y vta., Mena Mejía Orellana, en su condición de Presidenta del Concejo Municipal de San Joaquín, remitió el proyecto original de Carta Orgánica Municipal, conteniendo las adecuaciones y modificaciones realizadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la DCP 0136/2016 de 15 de noviembre, correlativa a la DCP 0117/2015 de 22 de mayo, en el marco de lo dispuesto por el art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), solicita un nuevo control previo de constitucionalidad del mismo; para cuyo fin acompaña la tercera versión del proyecto de Carta Orgánica Municipal, en medio físico y magnético, así como documentación que acredita su personería y la aprobación por 2/3 de los miembros del Concejo Municipal, según consta en acta de sesión ordinaria 03/2017 de 2 de febrero.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.2.
- IMPROCEDENCIA
- Artículo 25. Representantes de pueblos indígenas originarios campesinos.
- Artículo 25. Representantes de los pueblos indígenas originarios campesinos.
- Control previo de constitucionalidad
- indígena
- mantener subsistente el cargo de incompatibilidad sobre la previsión; por consiguiente, será obligación del estatuyente, reformular la regulación, atendiendo a los fundamentos que anteceden.
- Artículo 92. Ingresos tributarios y no tributarios.
- numerales 1.1, 1.3 y 1.4 del parágrafo II
- por lo que se da por repuesto este número
- Artículo 129. Régimen de la niñez y adolescencia.
- (Este texto corresponde al art. 129 original, cuyo numeral, epígrafe y primer parágrafo fueron suprimidos)
- Artículo 125. Régimen de la niñez y adolescencia.
- el consultante procederá a la reposición de la frase extrañada
- 1.
- 6.