SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2017-S3

Fecha: 23-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 20 de marzo de 2014, interpuso por sí y en representación de la comunidad Sausalito demanda de desalojo por avasallamiento contra Benancio Olguín Pimentel -hoy tercero interesado-, toda vez que es titular de un predio de 500 ha aproximadamente y de la cual posee la documentación original que acredita su calidad de propietario comunario con Título colectivo, extensión que se encuentra ubicada dentro de los límites de la citada comunidad, con Título Ejecutorial TCM-NAL-002069, registrada en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 6.04.2.01.0000143, predio que fue saneado por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

Al margen de la documentación señalada, presentó la Sentencia del proceso social de dotación de tierras de 22 de octubre de 1972, así como la Resolución de la Sala Primera del Consejo Nacional de Reforma Agraria de 26 de junio de 1975, anexos de beneficiarios y acta de conformidad de linderos, libreta “GPS”, plano de la propiedad agraria y sendas certificaciones de la comunidad Sausalito que acreditan la titularidad de las 500 ha, documentos que demuestran el derecho propietario que ostenta y que le fue avasallado por el ahora tercero interesado, habiéndose emitido la Sentencia 03/2016 de 14 de abril que declaró probada la demanda.