Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
1)
El Ministerio Público, en la audiencia de garantías, señaló que: 1) se ratifica in extenso en la Resolución invocada por los Vocales demandados, en virtud a que la misma fue realzada conforme a los principios de legalidad, probidad y el debido proceso; y, 2) La presente acción no fue legalmente promovida ya que no se señaló la ilegalidad de la aprehensión o no del imputado; por lo que solicita se rechace el recurso planteado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “infundado y concreta no otorgar la tutela solicitada”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- “
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto a las otras apelaciones presentadas
- Sobre la fundamentación respecto a los riesgos procesales
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- CONFIRMAR en todo