Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.2.
II.2. Del acta de medidas cautelares de 21 de octubre de 2016, se tiene que el Ministerio Público, la UMSA, el Ministerio de Justicia y la parte imputada, apelaron verbalmente la Resolución 437/“2015” (fs. 124 a 127 vta.); mismas que fueron fundamentadas en la audiencia de apelación de 3 de noviembre de 2016 (fs. 128 a 146).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “infundado y concreta no otorgar la tutela solicitada”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- “
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto a las otras apelaciones presentadas
- Sobre la fundamentación respecto a los riesgos procesales
- la apelación incidental no puede sustanciarse en elementos probatorios distintos a los considerados y ponderados por el juez a quo
- CONFIRMAR en todo