SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
II.2.
II.2. Cursa memorial presentado el 8 de junio de 2017, por Sabina Marca Paco en representación del hoy accionante ante Nataly Patricia Flores Aguanta, Jueza Público Civil y Comercial e Instrucción Penal Primero de Entre Ríos del departamento de Tarija -ahora demandada-, mediante el cual solicitó convocar a la Dirección del INTRAID de Tarija, a Marlene Castro Salanova, Médico Psiquiatra y a Lizeth Pérez Zeballos, Psicóloga, ambas de la citada institución para que puedan efectuar los puntos de pericia pertinentes sobre la salud mental del hoy accionante así también al amparo del art. 250 del CPP, se realice un examen de las medidas cautelares personales del accionante imponiéndole en consecuencia medidas de seguridad que se considere convenientes (fs. 7 a 10), memorial que fue atendido por providencia de 20 de julio de 2017, en la que primero dispuso designar como perito a Marlene Castro Salanova, Médico Psiquiatra-Psicóloga de INTRAID Tarija, a objeto de que se proceda a la valoración psiquiátrica del ahora accionante, por lo que señaló audiencia de toma de juramento de ley para el 27 del mismo mes y año a horas 15:00 (fs. 13) y segundo, ordenó se expida por Secretaria orden de conducción para que en el día y hora hábil se traslade al prenombrado al INTRAID para efectuarse su respectiva consulta médica, llamando severamente la atención a la Secretaria del mencionado Juzgado Claudia Beatriz Baldiviezo Camacho -ahora codemandada-, toda vez que al ingresar a su despacho recién el 19 de julio de 2017 un memorial presentado el 5 de junio de igual año, no realizó su trabajo con responsabilidad (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de respuesta a la solicitud para que convoque a personal de INTRAID de Tarija
- Fragmento 13
- III.2.2. Con relación a la falta de señalamiento de audiencia de medidas cautelares
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º DENEGAR