Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
II.3.
II.3. Consta memorial presentado el 7 de julio de 2017, por Sabina Marca Paco en representación del ahora accionante ante la autoridad hoy demandada mediante el cual nuevamente solicitó señalar día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva (fs. 16 vta.), el mismo que fue respondido por decreto de 20 del mismo mes y año disponiendo que el accionante aclare su solicitud, estableciendo la norma legal en la cual se ampara, ello en atención a los puntos de pericia solicitados y también con relación a la solicitud de cesación a la detención preventiva (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de respuesta a la solicitud para que convoque a personal de INTRAID de Tarija
- Fragmento 13
- III.2.2. Con relación a la falta de señalamiento de audiencia de medidas cautelares
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º DENEGAR