Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante alega que la autoridad demandada no dio respuesta a su solicitud para que convoque a la Directora de INTRAID de Tarija, y se determine su salud mental, respondió de forma incongruente a su solicitud de internación, así como también no señaló audiencia de cesación a la detención preventiva pese haberse efectuado la solicitud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de respuesta a la solicitud para que convoque a personal de INTRAID de Tarija
- Fragmento 13
- III.2.2. Con relación a la falta de señalamiento de audiencia de medidas cautelares
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º DENEGAR