Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0914/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.1.
II.1. Cursa acta de audiencia de juicio oral público de 3 de marzo de 2017, en el cual consta la ausencia de Lander Sevilla Torrico -hoy tercero interesado- advirtiéndose además que la defensa de Erick Daniel Makay Murakami -ahora accionante- sostuvo que al no estar presente el imputado correspondería la declaratoria de rebeldía, a lo cual Daniel Tito Atahuichi Álvarez; Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Pando -hoy demandado- precisó que “…si bien los incidentes deben de ser presentados en la fase de juicio oral la solicitud del abogado no tendría razón de ser de que se declare rebelde al acusado…” (sic [fs. 5 y vta.]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- eficacia
- III.2. Análisis del caso concreto
- son extremos que no resultan evidentes toda vez que específicamente en el caso de las medidas cautelares, se tiene que éstas poseen un carácter provisional
- las medidas cautelares por su carácter instrumental deben tramitarse y aplicarse de manera flexible, sin rigorismos procesales justamente por la finalidad que persiguen
- pueden modificarse en cualquier estado de la causa a solicitud de las partes procesales y del Ministerio Público”
- las medidas cautelares pueden modificarse en cualquier estado de la causa a solicitud de las partes