Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0914/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.3.
II.3. Figura acta de audiencia de juicio oral de 20 de abril de 2017, en la que consta que en fase incidental el abogado del accionante pidió la revocatoria de las medidas sustitutivas impuestas al ahora tercero interesado, mereciendo el Auto que resolvió rechazar el accionante pidió explicación, a lo cual los Jueces Técnicos demandados explicaron en parte lo impetrado por el prenombrado, y en mérito a ello, el mismo de manera oral planteó recurso de apelación incidental (fs. 7 a 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- eficacia
- III.2. Análisis del caso concreto
- son extremos que no resultan evidentes toda vez que específicamente en el caso de las medidas cautelares, se tiene que éstas poseen un carácter provisional
- las medidas cautelares por su carácter instrumental deben tramitarse y aplicarse de manera flexible, sin rigorismos procesales justamente por la finalidad que persiguen
- pueden modificarse en cualquier estado de la causa a solicitud de las partes procesales y del Ministerio Público”
- las medidas cautelares pueden modificarse en cualquier estado de la causa a solicitud de las partes