SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2017-S3

Fecha: 25-Sep-2017

II.3.

II.3.  Constan Acta de audiencia de cesación de la detención preventiva de 19 de julio de 2017 (fs. 706 y vta.) y Auto de igual mes y año a través del cual David Aguilar Aguilar, Adalid César Quiroz Vera y Celina Hervas Herbas, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba -hoy codemandados- declararon la improcedencia de solicitud planteada por el ahora accionante; por no haber demostrado en definitiva con toda la prueba documental acompañada por la defensa que ya no concurren los peligros de fuga y/o obstaculización que dieron lugar a la medida cautelar y que en su caso pueda ser sustituida por otra menos lesiva conforme a los parámetros establecidos en el art. 239.1 del CPP modificada por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal. Habiendo planteado la defensa recurso de apelación incidental de función a lo determinado en el art. 251 del CPP (fs. 706 a 709).