Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2017-S3
Fecha: 29-Sep-2017
II.2.
II.2. Consta el Título de 5 de febrero de 2016, otorgado al ahora accionante por Wilber Choque Cruz, Presidente del Consejo de la Magistratura -hoy demandado-, con motivo de la “…reasignación y ampliación de competencias de Tribunales de Sentencia y Juzgados Públicos: con carácter transitorio…” (sic), mediante el cual se le designó en el cargo de “JUEZ DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 2 CAPITAL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE BENI” (sic [fs. 111]).
- acción de amparo constitucional
- ART. TERCERO
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- RESOLUCIÓN RR/SS N°. – 0110/2017, por la cual CONFIRMAN EL MEMORANDUM CM-DIR-RR-HH-N° 0111/2017
- AL DEBIDO PROCESO EN SU COMPONENTE DE RESOLUCIÓN FUNDAMENTADA INCURRIENDO EN INCONGRUENCIA OMISIVA
- REVOCAR