Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud del art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve CONFIRMAR en todo la Resolución 06/17 de 11 de agosto de 2017, cursante de fs. 161 a 164 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Décimo Cuarta del departamento de Santa Cruz, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 1.2.3. Intervención
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- pues la acción de amparo constitucional sólo podrá ejercer su máxima eficacia en la tutela, cuando no exista otro mecanismo de protección inmediato,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo