SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

la Norma Suprema, reconoce a la jurisdicción originaria campesina la facultad de administrar justicia, con independencia y autonomía; empero la condiciona respeto

Ahora bien, la génesis de la problemática planteada radica en el hecho de que el accionante fue sancionado con la expulsión definitiva de la Comunidad, implicando tener ningún bien a su nombre, $us50 000.- de multa por daños y perjuicios que ocasionó durante todo el tiempo que se benefició a título personal a costa de la comunidad Quentavi y “10 chicotazos”; sin embargo, dicha decisión hubiese sido asumida en ausencia de un debido proceso y en flagrante violación del derecho a la defensa; sobre el punto, corresponde precisar que la Norma Suprema, reconoce a la jurisdicción originaria campesina la facultad de administrar justicia, con independencia y autonomía; empero la condiciona respeto a la vida, el derecho a la defensa y los demás derechos y garantías previstos en nuestra Ley Fundamental (art. 190.II de la CPE), puesto que nuestra Norma Suprema goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, incluyendo a las determinaciones asumidas por la justicia indígena.