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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2018-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2018-S4

    Fecha: 30-Oct-2018

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • concedió en parte
    • 1)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.17.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional respecto a quien ostenta el cargo actualmente
    • III.2.  Necesaria diferenciación entre el derecho de petición y la pretensión contenida en una demanda o recurso de impugnación
    • Fragmento 28
    • …cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende; es decir, no la tramita y la responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley, de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones del por qué no se la acepta, explicando lo solicitado o dando curso a la misma, en cualquiera de estos casos donde se omita dar los motivos sustentados legalmente o de manera razonable, se tendrá como se dijo vulnerado el derecho
    • el derecho de petición y la pretensión
    • III.3.1.   Consideraciones previas
    • Fragmento 32
    • III.3.2.     Del caso concreto
    • i)
    • 2)
    • CONFIRMAR
    • 1º  CONCEDER
    • 2º  DENEGAR

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