Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0741/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
4)
4) No existe un nexo de causalidad entre la supuesta conducta de su persona y la falta cometida, principio de culpabilidad, esto de acuerdo a la “R. N* 44 de 8 de abril de 2013” (sic), siendo que en materia administrativa rige el principio de verdad material, tampoco se puede sancionar a una conducta que no se subsume a la falta disciplinaria prevista en el art. 187.14 de la LOJ
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- improcedente
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO