SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0741/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
denegó
El Juez Público de Familia Segundo de la Capital del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/2018 de 25 de septiembre, cursante de fs. 407 a 411 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) La Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, al emitir la Resolución SD-AP 311/17, no vulneró el derecho al debido proceso en su componente fundamentación y motivación; toda vez que, en la citada Resolución se argumentó y explicó con claridad la relación fáctico procesal de congruencia material y formal, dando respuesta a los agravios reclamados; 2) Es evidente la copia inextenso de la Resolución Definitiva JD 1° 015/2017; empero, fue para mencionar la Resolución dictada por la Jueza Disciplinaria; y, 3) La Resolución Definitiva que es confirmada en apelación, aplicó la comisión de falta grave prevista en el art. 187.14 de la LOJ y el art. 73 del Acuerdo 109/2015 que establece que el Juez o Tribunal Disciplinario, asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación a las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando el valor que les otorga, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida.
La parte accionante, solicitó complementación y enmienda, pidiendo pronunciamiento sobre las copias de diferentes Sentencias Constitucionales Plurinacionales, expuestas en audiencia, porque a su parecer la Resolución fue redactada antes de dicho acto. El Juez de garantías, resolvió argumentando que, para dictar la resolución se consignaron varias sentencias constitucionales, porque todas resuelven sobre el debido proceso, en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones administrativas y valoración integral de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- improcedente
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO