SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0741/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 3 de enero de 2017, en su condición de Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Tarija, se le inició proceso disciplinario, a denuncia de la Unidad Técnica de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura, por no resolver en el plazo legal un incidente de excepción, interpuesto dentro de la causa IANUS 201602330, que ingresó a despacho el 16 de noviembre de 2016, y salió el 28 de igual mes y año, lo que implicó falta disciplinaria grave establecida en el art. 187.14 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).
Luego del trámite respectivo, la Jueza Disciplinaria Primera de la Oficina Departamental de Tarija del Consejo de la Magistratura, dictó la Resolución Definitiva JD 1º 015/2017 de 22 de febrero, sancionándolo con un mes de suspensión de funciones sin goce de haberes; determinación, que al ser apelada fue confirmada por la Resolución SD-AP 311/17 de 28 de junio de 2017, que fue pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, notificándosele el 29 de septiembre de ese año, siendo esa última Resolución lesiva a sus derechos fundamentales, debido a que la misma, es una copia inextensa de la primera, donde no se valoró de manera motivada la prueba que se encontraba en obrados, ni se respondió a los agravios planteados en su apelación, tampoco contiene los elementos mínimos de un fallo, desde la perspectiva de la teoría de la argumentación jurídica; puesto que, cada autoridad judicial al momento de dictar una resolución debe realizar una exposición de los hechos, una fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva, agotando con ello la vía administrativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- improcedente
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO