AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2018-O

Fecha: 05-Nov-2018

II.1.

II.1.    La SCP 0335/2017-S1 de 19 de abril, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edgar Santiago Vargas Zalleg en representación legal de Carlos Federico Enríquez Balderrama contra Paty Yola Paucara Paco, Gabriela Cinthia Armijo Paz y Juan Ricardo Soto Butrón, ex-Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental; cuya parte resolutiva es como sigue: “El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 01/2016 de 31 de mayo, cursante de fs. 282 a            286 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Décimo Tercera de la ciudad de Sucre, del departamento de Chuquisaca; y, en consecuencia: 1. CONCEDER en parte la tutela solicitada, dejando sin efecto la Sentencia Agroambiental Nacional S1° 85/2015 de 9 de octubre, emitida por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, disponiendo se proceda a emitir otra resolución en la que se pronuncien expresamente sobre lo extrañado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.             2. DENEGAR, la tutela a la igualdad de las partes y a ser oído, respecto al decreto de 3 de junio de 2015; la propiedad privada y debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación extrañados en la Sentencia Agroambiental impugnada. Asimismo denegar, con relación al trato diferenciado que hubiese otorgado esta última, con relación a su similar 084/2015” (sic) -fs. 306 a 322-.