Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2018-O
Fecha: 05-Nov-2018
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, David Rasguido Rasguido en representación legal de Carlos Federico Enríquez Balderrama, impugnando el Auto 009/2018, emitido por la Jueza de garantías, solicitando su revocatoria e ingresando en el fondo se deje sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 19/2018, emitida por la Sala Primera de Tribunal Agroambiental, ordenado emitan una nueva, garantizando el debido proceso en su vertiente fundamentación y motivación en la valoración intelectiva de cada una de las pruebas de cargo y en observancia de la SCP 0335/2017 (386 a 389 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- “infundada la queja por incumplimiento”
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Sobre el derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado. Jurisprudencia reiterada
- Consiguientemente, las sentencias constitucionales emitidas por los jueces o tribunales de garantías en acciones de defensas o por el Tribunal Constitucional Plurinacional, también en otro tipo de procesos constitucionales, deben ser ejecutadas y cumplidas en los términos expresados en la parte resolutiva, es decir, en la medida de lo determinado.
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el procedimiento de queja por incumplimiento total o parcial, sobrecumplimiento, cumplimiento diferente o distorsionado o tardío en la ejecución de una resolución constitucional
- Fragmento 18
- b)
- c)
- d)
- REVOCAR en parte
- CONFIRMAR