Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela, disponiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, inclusive hasta “…Fs. 120…” (sic), con la finalidad de que se practiquen nuevos avalúos y con precio real se sometan a remate los bienes inmuebles embargados; sin perjuicio de anular el Auto de Vista 395-17, disponiendo que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dicte uno nuevo donde se pronuncie sobre todos los puntos impugnados en su recurso de apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.8.
- II.13.
- II.16.
- II.18.
- Fragmento 14
- III.1. El respeto del principio de congruencia, en los tribunales de apelación
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- III.2. Análisis del caso concreto