SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2018-S3

Fecha: 30-Nov-2018

3)

3)  “…la Ley N° 291 de 22 de septiembre de 2012 y la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012, fueron aplicadas al caso de autos, pese a no constituirse en los hechos, en disposiciones legales más benignas y por las que se pueda entender que se aplicó el principio de favorabilidad, lo que lleva a determinar, que no correspondía su aplicación retroactiva, por la razón lógica, de que conforme se evidencia de los antecedentes administrativos, el hecho generador corresponde al periodo febrero de la gestión 2009, siendo aplicable, de haber sido considerada pertinente, la norma sustantiva referida a la prescripción vigente en el momento de su producción o acaecimiento, es decir, el art. 59 de la Ley N° 2492 (CTB) sin las modificaciones establecidas por las normas citadas precedentemente al haber sido promulgadas en la gestión 2012” (sic);