SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2018-S3
Fecha: 30-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, en razón a que, tras la interposición de la demanda contenciosa administrativa por parte de SAO S.R.L. contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0300/2016 de 28 de marzo, las exautoridades codemandadas emitieron el Auto Supremo 96 de 11 de agosto de 2017, por medio del cual dispusieron la prescripción de la acción de la Administración Tributaria, incurriendo en incongruencia dado que tal extremo no fue solicitado en la demanda; asimismo, dicha determinación carece de la debida motivación y fundamentación al no justificar las razones de la prescripción dispuesta, y al considerar únicamente los argumentos del demandante, desconociendo que en los procesos de devolución impositiva no opera la prescripción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- primero, relativo a la congruencia externa
- Fragmento 13
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Bs117.456.-
- III.3.1. Sobre la denunciada incongruencia -externa- del Auto Supremo 96
- III.3.2. Sobre la denunciada falta de fundamentación y motivación del Auto Supremo 96
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- CONFIRMAR