SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2018-S1

Fecha: 05-Nov-2018

Respecto a la debida fundamentación y motivación

Bajo estos antecedentes y conforme al Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, se establece que toda resolución judicial en el ámbito penal, debe estar debidamente fundamentada y motivada, expresando los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba; asimismo, esta exigencia procesal de motivar y fundamentar se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia; siendo imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas, exponiendo con claridad las razones, así como los fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas, del mismo modo que se exige al apelante cumplir con la obligación de fundamentar los agravios.