SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2018-S1
Fecha: 08-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera la vulneración de sus derechos a la inamovilidad laboral como progenitor, a la vida y a la salud del menor, a la estabilidad y continuidad laboral, al trabajo y remuneración, a la salud y seguridad social, a la integridad psicológica, a la familia y a la niñez, debido a que mediante diez contratos suscritos con la UAGRM, trabajó en esa institución cerca de ocho años, tres meses y doce días, de forma continua e ininterrumpida a partir del 4 de enero de 2010 hasta el 30 de diciembre de 2017; asimismo, lo hizo desde enero al 16 de abril de 2018, a consecuencia de un acuerdo verbal; no obstante, ese mismo día fue despedido de su fuente laboral, por represalia ante su negativa de cobrar sus beneficios sociales de la gestión 2017, sin considerar su condición de progenitor de un ser en gestación al que había reconocido ad vientre.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- Mediante Minuta de contrato administrativo de Consultoría en Línea de 27 de enero de 2017
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- …la inamovilidad laboral no puede ser aplicada a todos los casos, debiendo en algunos observarse ciertas características en el tipo de funcionarios o servidores, el contrato suscrito y otras.
- en los contratos a plazo fijo, por tratarse de contratos eventuales o temporales, no es aplicable el beneficio de la inamovilidad laboral de la mujer embarazada y/o progenitor
- III.2. Análisis del caso concreto
- tuvo un plazo definido
- REVOCAR