SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2018-S4
Fecha: 09-Nov-2018
concedió
El Juez Público de Familia Segundo del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución 02/2018 de 10 de mayo, cursante de fs. 384 a 390, concedió la tutela impetrada, disponiendo en consecuencia: a) Dejar sin efecto las RRAA 078/2016 y 56/2017, emitidas por el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de Potosí; asimismo, la Resolución 016/2018 dictada por el Tribunal Superior Permanente de la Policía Boliviana; b) Ordenó la emisión de una nueva resolución de primera instancia por el Tribunal vigente con la orden general de destino, bajo los principios y ámbito de aplicación de la Ley 101 y sus reglamentos de la Policía Boliviana, particularmente del debido proceso, debiendo precisarse de manera fundamentada, motivada y congruente respecto a la supuesta falta disciplinaria cometida por el accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2.
- III.3.1. Consideraciones Previas
- cuando no se identifique el nombre de la nueva autoridad en ejercicio de una determinada función pública
- primer agravio
- segundo agravio
- tercera denuncia
- cuarta denuncia
- CONFIRMAR en parte