SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2018-S1

Fecha: 09-Nov-2018

II.3.

II.3.    Cursa Resolución 228 de 12 de julio de 2018, que determinó rechazar la cesación a la detención preventiva, enervando el peligro procesal contenido en el art. 235.2 del CPP; empero, manteniendo subsistente el  art. 234.2 del mismo código, en los siguientes términos: “…considera el suscrito juzgador que en la presente audiencia que el riesgo procesal del num. 2 del art. 235 al momento no fuese suficiente para sostener la medida excepcional de detención preventiva (…) toda vez que no se ha logrado cumplir con los requisitos del núm. 1 del art. 239 de la ley 1970, estando latente y subsistente aún el riesgo procesal de fuga del num. 2 del art. 234 de la ley 1970, el suscrito juzgador rechaza la solicitud de cesación a la detención preventiva interpuesta por la defensa del imputado Mario Horacio Gil Sosa entre tanto la situación jurídica del imputado no mejore sustancialmente y sea demostrada como indica el num. 1 del art. 239 de la ley 1970 con elementos de prueba que indiquen que se ha modificado la situación que se estuviesen tornando posible la medida excepcional…” (sic [las negrillas fueron agregadas]); resolución que fue impugnada por todos los sujetos procesales (fs. 130 vta. a 132 vta.).