Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S1
Fecha: 26-Nov-2018
II.7.
II.7. Nota EVH-GG-015/18 de 5 de enero de 2018, por el que Álvaro Mario Herbas Camacho, representante legal de ENDE Valle Hermoso S.A. -hoy codemandado-, solicita fijación de rasante para trabajos menores, dirigida a Julio Zambrana Vargas, Sub Alcalde de Valle Hermoso del GAM de Cochabamba -ahora demandado-, (fs. 139); Autorización de trabajos menores 0024104 de la citada Sub Alcaldía, de 27 de febrero de ese año, en favor de la indicada Empresa, para el área de mitigación de ruidos, se realice enmallado, situado en el Distrito 7; Sub Distrito 19, manzana s/n, en la calle Saturnino Sanjinez y Zuñiga (fs. 140).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos; porque de analizar dichas cuestiones importaría el reconocimiento de derechos por vía del recurso de amparo, lo que no corresponde a su ámbito de protección, sino sólo la protección de los mismos cuando están consolidados;
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- Fragmento 17
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR