Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S1
Fecha: 26-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión a sus derechos a la propiedad privada, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a ser oído por los tribunales competentes y al acceso a la justicia, por parte de los ahora demandados mediante vías de hecho, puesto que el 26 de abril de 2018, ENDE Valle Hermoso S.A. en un posible contubernio con la Sub Alcaldía de Valle Hermoso del GAM de Cochabamba, sin acreditar ningún derecho propietario, ingresó a su propiedad ubicada en el predio denominado Valle Hermoso o “Alalay", con maquinaria pesada y trabajadores de la Empresa Valenzuela Barrientos Consultores S.R.L., efectuando trabajos de enmallado del mismo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos; porque de analizar dichas cuestiones importaría el reconocimiento de derechos por vía del recurso de amparo, lo que no corresponde a su ámbito de protección, sino sólo la protección de los mismos cuando están consolidados;
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- Fragmento 17
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR