Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S1
Fecha: 26-Nov-2018
III.2. Análisis del caso concreto
En cuanto al problema jurídico planteado a través de esta acción de defensa, el impetrante de tutela identifica como acto lesivo de sus derechos, acusando la existencia de medidas de hecho, refiriendo que ENDE Valle Hermoso S.A., el 26 de abril de 2018 hubiese irrumpido en su propiedad, avasallándola sin ningún derecho propietario que lo respalde, efectuando trabajos de enmallado a través de otra Empresa; no permitiéndole acercarse por instrucciones del Sub Alcalde de Valle Hermoso del GAM de Cochabamba -hoy demandado-, impidiendo con ello el ejercicio de sus derechos de propietario y de posesión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos; porque de analizar dichas cuestiones importaría el reconocimiento de derechos por vía del recurso de amparo, lo que no corresponde a su ámbito de protección, sino sólo la protección de los mismos cuando están consolidados;
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- Fragmento 17
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR