SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2018-S1
Fecha: 28-Nov-2018
II.1.
II.1. Cursa Resolución Suprema (RS) 16129 de 31 de agosto de 2015, como resultado del proceso de saneamiento simple, correspondiente al predio “Hacienda Canelas”, polígono 035, ubicado en el municipio de Arbieto, provincia Esteban Arce del departamento de Cochabamba, resolviendo dieciocho puntos en su parte resolutiva, citando a los efectos de la acción, los siguientes: a) El punto sexto, declaró la ilegalidad de la posesión del Sindicato Agropecuario Canelas, respecto al predio denominado Canelas III en la superficie de 526.5426 ha, por incumplir los requisitos de legalidad de conformidad a lo dispuesto por los arts. 397 de la CPE, 310 y 341.II.2 concordante con el art. 346 del DS 29215 de 2 de agosto; b) El punto séptimo, declaró tierra fiscal, al predio denominado Canelas III en la superficie de 526.5426 ha, por incumplir la función social, disponiendo su inscripción definitiva en el registro de Derechos Reales a nombre del INRA en representación del Estado; c) El punto octavo, dispuso el desalojo del Sindicato Agropecuario Canelas en el plazo de tres días hábiles a la ejecutoria de dicha Resolución; y, d) El punto décimoséptimo, dispuso que de conformidad al art. 68 de la Ley 1715 las personas que se creyeren afectadas con la presente Resolución podrían impugnar ante el Tribunal Agroambiental en proceso contencioso administrativo, respecto a su derecho sin afectar a los demás predios, salvo casos de sobreposición, en el plazo perentorio de treinta días computables a partir de su legal notificación (fs. 37 a 45).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- dispositivas 6, 7, 8 de la Resolución Suprema 16129 de 31 de agosto de 2015
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 16
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- el valor justicia,
- Fragmento 19
- y así es moneda corriente hablar en doctrina de incongruencia
- este principio delimita el contenido de las resoluciones que deben pronunciarse en concordancia con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR