Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.4.
II.4. La Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 137 de 10 de mayo de 2017, revocó totalmente la Sentencia de 29 de febrero de 2016 y declaró probada la demanda, ordenando al peticionante de tutela a proceder la desocupación y entrega del inmueble de propiedad del demandante (fs. 905 a 908).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación coherente como elementos del debido proceso
- III.2. La congruencia entre lo demandado y lo resuelto, y la coherencia interna de la resolución
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- 4)
- 2)
- CONFIRMAR