DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Fragmento 7

Con relación a la resolución emergente de la contrastación de un proyecto de COM, con la Constitución Política del Estado, el art. 120 del Código Procesal Constitucional (CPCo), prevé como posibilidad la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad: parcial o total del proyecto de estatuto o carta orgánica, con la previsión de declararse la inconstitucionalidad de todo el proyecto de COM o de alguna de sus cláusulas, el Concejo Municipal en su condición de Órgano Deliberante, deberá adecuar el proyecto en el marco de la Constitución Política del Estado en su art. 120, dispone que: “En este caso, y cuantas veces sea necesario, antes de entrar en vigencia, el Proyecto deberá ser objeto de un nuevo control de constitucionalidad” (negrillas añadidas).