DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018
Fecha: 12-Dic-2018
II.2
II.2. Cursa la Ley Municipal 090 de 11 de septiembre de 2018, por la cual el Órgano Deliberativo del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana aprobó por dos tercios del total de sus miembros el conjunto de adecuaciones y ajustes al proyecto de COM; disponiendo además, su remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, para fines de control previo de constitucionalidad (fs. 651).
Juvenal Mayta Pomacosi, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana, señala haber procedido a realizar todas las adecuaciones y ajustes emergentes de la DCP 0048/2018; de los citados preceptos del proyecto de COM de Copacabana, remitiendo a conocimiento de este Tribunal, para su respectivo control previo de constitucionalidad.
- control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- emita una opinión o un criterio respecto a la compatibilidad o incompatibilidad del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica, aquello que se establezca en la Declaración es vinculante y obligatorio
- Fragmento 9
- Artículo 2. (Primacía de la Carta Orgánica).
- como así también a las demás normas
- Disposición suprimida
- Artículo 27. (Atribución del Concejo Municipal)
- clasificación de bienes
- numerales 25 y 26 del art. 34
- Control previo de constitucionalidad
- a)
- Artículo 48. (Designación del Sub-alcalde)
- Artículo 55. (Patrimonio y Bienes Municipales)
- respecto del parágrafo I,
- el parágrafo V
- parágrafo I
- parágrafo V,
- Artículo 110. (Ubicación Territorial y Limites del Municipio)
- Artículo 110. (Ubicación Territorial del Municipio).
- sobre el título del art. 110
- 2° Disponer
- 3°