DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018

Fecha: 12-Dic-2018

parágrafo V,

Por su parte el parágrafo V, en su texto reformulado determina el deber de promover y desarrollar proyectos y políticas para las personas con discapacidad; aspecto que se halla en armonía el      art. 71.III de la CPE, referido a la obligación que tiene el Estado en todos sus niveles, de generar condiciones que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de las personas con discapacidad; pero además, responde a la competencia exclusiva del nivel municipal determinado en el art. 302.I.2 de la CPE respecto a la promoción de desarrollo humano en su jurisdicción.