NCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2018-S3
Fecha: 13-Dic-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado ratificó el contenido íntegro de su acción tutelar y ampliándola manifestó, tener graves dolencias como consecuencia de la agresión sufrida, habiendo perdido el 75% de su visión y en su convalecencia le indujeron a la suscripción de un documento de conciliación y transacción, donde se comprometieron los atacantes al pago de gastos médicos, clínicos y de recuperación, circunstancias no cumplidas; por tal motivo, al no existir reparación de daños y perjuicios, no es procedente la salida alternativa otorgada a Richard Ignacio Calle Huallpa; reclamó, el incumplimiento de las reglas establecidas en los arts. “…23 y 24 del Código de Procedimiento Penal…” (sic); aspecto no atendido en segunda instancia y en mérito a la apelación incidental interpuesta, afirmó la concurrencia actual de efectos negativos como consecuencia del atentado sufrido, además puso en conocimiento la interposición del recurso de anulabilidad del documento transaccional en la vía penal.
- acción de amparo constitucional
- qué te crees, yo he averiguado tus notas y no eres un buen estudiante, eres un pobre imbécil y no eres nada para mí
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como un elemento del debido proceso
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Sobre el alcance del debido proceso y el derecho a la defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- i)
- Fragmento 24
- Contrastación respecto de ambos actuados
- Esta suspensión procederá si el imputado presta su conformidad y
- CONFIRMAR