SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2018-S3

Fecha: 04-Dic-2018

ii)

ii) “…este Tribunal de Alzada entiende que no tenemos nuevo elemento de convicción especifico destinado a desvirtuar el Art. 235 numeral 2) del CPP, debiendo recordarse que entre muchas otras la Sentencia Constitucional No. 0041/2012 ha establecido que en una audiencia de cesación a la detención preventiva la carga probatoria para desvirtuar el motivo del riesgo procesal es de quien solicita la cesación a la detención preventiva, es decir del imputado y precisamente lo que tenemos que desvirtuar es el fundamento original que ha sido el principio de la medida asumida, en este caso tenemos que efectivamente existen dos persona coimputadas, la Sra. Mirtha Teresa Hiza Urioste y Freddy Igor Zambrana Escalante, lo que establece al estar en una situación de coacusados ambos, existe posibilidad cierta de influenciar negativamente el uno sobre el otro, adicionalmente cursa la acusación particular que efectivamente propone la concurrencia de testigos ante el proceso, en este sentido esa posibilidad cierta se mantiene latente dentro de esta causa” (sic);