Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2018-S3
Fecha: 04-Dic-2018
II.2.
II.2. Cursa Resolución Fiscal de Rechazo de 30 de mayo de 2017, emitida por Oscar Eduardo Terrazas Chacón, Pablo Guzmán López y Jaime Antonio Arancibia Guzmán, Fiscales de Materia, por la que determinaron rechazar la denuncia interpuesta por el peticionante de tutela contra Juan Marcos Terrazas Rojas, Wilfredo Patiño Soria, Mirtha Gaby Meneses Gómez, Mario Delfín Murillo Mérida, Ronald Colque Rubín De Celis y Marina Celina Herbas Herbas, por la presunta comisión del delito de prevaricato e incumplimiento de deberes (fs. 38 a 40).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre
- Fragmento 11
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
- Si no proceden de esa forma y dictan una resolución sin respetar la estructura señalada, resulta obvio que su decisión será arbitraria y considerada subjetiva e injusta, pues el sujeto procesal a quien no le sea favorable no podrá entender y menos saber la razón jurídica de la decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- b)
- c)
- d)
- e)
- Fragmento 20
- III.3.3. Contrastación de los puntos impugnados y la Resolución Jerárquica