Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2018-S2
Fecha: 10-Dic-2018
1° CONFIRMAR
1° CONFIRMAR la Resolución 001/2018 de 4 de junio, cursante de fs. 652 a 654, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial e Instrucción Penal Primera de San José de Chiquitos del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, bajo los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II
- III.1.
- no basta la interposición del recurso, deben estar presentes en él, los denominados presupuestos procesales, unos de orden formal y otros de fondo
- sin embargo, esa persona podrá en su momento estar representada por otra que actúe a su nombre, munida de un poder notarial suficiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- d)
- III.3. Consideraciones adicionales sobre la actuación de la Jueza de garantías
- 1° CONFIRMAR
- 2°
- 3°