SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S4

Fecha: 12-Dic-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refieren que dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, interpusieron un incidente de ilegalidad de su aprehensión el 5 de marzo de 2018, que mereció la providencia de 9 de marzo del año en curso por el que la autoridad accionada dispuso el traslado del mismo a los sujetos procesales. De esa manera, el 14 de marzo fueron notificados el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público.

El 21 de mayo del presente año, las nuevas autoridades electas de la representación del Consejo de la Magistratura del departamento de Oruro se apersonaron, suscitando la providencia de la autoridad jurisdiccional ahora demandada de 23 de mayo de 2018 que dispuso “… en atención al memorial que antecede, obrados pasen a despacho, con el material necesario, para su correspondiente resolución…” (sic.).

Afirma que transcurrieron noventa y seis días desde la interposición del referido incidente de ilegalidad de aprehensión y dieciocho días desde el 23 de mayo cuando el juez ahora demandado dispuso que obrados pasen a su despacho, sin que a la fecha el –Juez ahora demandado– haya señalado audiencia, ni en consecuencia dictado ningún Auto interlocutorio motivado que resuelva la cuestión incidental; habiéndose de esta manera, superado  los plazos procesales de manera excesiva y grosera, en un objetivo y deliberado incumplimiento de lo dispuesto por el art. 314.II del Código de Procedimiento Penal (CPP).