Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S4
Fecha: 12-Dic-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de su derecho y garantía al debido proceso, así como de sus derechos a una justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones; toda vez que, la autoridad demandada habría omitido pronunciar Auto que resuelva el incidente de ilegalidad de aprehensión opuesto por los mismos, superando de esta manera los plazos procesales de manera excesiva y grosera, en un objetivo y deliberado incumplimiento de lo dispuesto por el art. 314.II del CPP.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, la acción de amparo debe ser denegada
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- fundado
- en la medida en que no se evidencia que los Vocales hoy demandados habrían cesado en la omisión reclamada antes de asumir conocimiento de esta acción de defensa, y más bien de los antecedentes que cursan en el expediente se tiene que la emisión de la Resolución extrañada se efectuó luego de haberla conocido
- Fragmento 19
- CONFIRMAR