Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2018-S4
Fecha: 12-Dic-2018
II.6.
II.6. Mediante Auto interlocutorio de 18 de junio de 2018, el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro –ahora demandado–), declaró fundado el incidente de ilegalidad de aprehensión, opuesto por los ahora peticionantes de tutela, y en consecuencia anuló las actas de consignación y/o registro de persona aprehendida por particular (fs. 168 a 169 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, la acción de amparo debe ser denegada
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- fundado
- en la medida en que no se evidencia que los Vocales hoy demandados habrían cesado en la omisión reclamada antes de asumir conocimiento de esta acción de defensa, y más bien de los antecedentes que cursan en el expediente se tiene que la emisión de la Resolución extrañada se efectuó luego de haberla conocido
- Fragmento 19
- CONFIRMAR