SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S4

Fecha: 13-Dic-2018

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Décimo Segundo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 01/2018 de 8 de marzo, cursante de fs. 131 vta. a 134, denegó la tutela solicitada; decisión asumida bajo los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de los datos del expediente coactivo, se evidencia que se procedió al embargo de la totalidad del inmueble objeto de la Litis, y luego se subastó el 50% de la parte que le correspondía al accionante, y no como pretende éste, que solo hubiera sido sobre el veinticinco por ciento (25%) de totalidad de dicho inmueble; 2) El peticionante de tutela, señaló que se vulneraron derechos constitucionales, pero no precisó a cuales hacía referencia; igualmente, sostuvo que se violentaron principios constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica, pero se limitó a referir que se lesionaron las garantías constitucionales señaladas en el art. 115.II. de la CPE; 3) En cuanto al debido proceso, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, sostiene que es un derecho a un proceso justo y equitativo, en el que estos deben acomodarse a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables a los casos en similar situación, aspectos que no fueron demostrados por el impetrante de tutela; más aún, si no señaló en qué vertiente fue vulnerado este derecho; 4) Respecto a la seguridad jurídica, la SC 0157/2010-R de 17 de mayo, a través de la SC 0096/2010-R de 4 de mayo, dejó establecido que con relación a este instituto, no podía ser tutelado por el amparo constitucional por tratarse de un principio; y, 5) La jurisdicción constitucional, no se constituye en una instancia adicional a la justicia ordinaria.