SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S4
Fecha: 13-Dic-2018
denegó
El Juez Público Civil y Comercial Décimo Segundo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 01/2018 de 8 de marzo, cursante de fs. 131 vta. a 134, denegó la tutela solicitada; decisión asumida bajo los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de los datos del expediente coactivo, se evidencia que se procedió al embargo de la totalidad del inmueble objeto de la Litis, y luego se subastó el 50% de la parte que le correspondía al accionante, y no como pretende éste, que solo hubiera sido sobre el veinticinco por ciento (25%) de totalidad de dicho inmueble; 2) El peticionante de tutela, señaló que se vulneraron derechos constitucionales, pero no precisó a cuales hacía referencia; igualmente, sostuvo que se violentaron principios constitucionales al debido proceso y a la seguridad jurídica, pero se limitó a referir que se lesionaron las garantías constitucionales señaladas en el art. 115.II. de la CPE; 3) En cuanto al debido proceso, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, sostiene que es un derecho a un proceso justo y equitativo, en el que estos deben acomodarse a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables a los casos en similar situación, aspectos que no fueron demostrados por el impetrante de tutela; más aún, si no señaló en qué vertiente fue vulnerado este derecho; 4) Respecto a la seguridad jurídica, la SC 0157/2010-R de 17 de mayo, a través de la SC 0096/2010-R de 4 de mayo, dejó establecido que con relación a este instituto, no podía ser tutelado por el amparo constitucional por tratarse de un principio; y, 5) La jurisdicción constitucional, no se constituye en una instancia adicional a la justicia ordinaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 19
- III.1. De la legitimación activa
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia, pertinencia, motivación
- III.2.1. Principio de pertinencia de las resoluciones
- III.2.2. Principio de congruencia
- III.2.3. Motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la revisión de los fallos impugnados
- III.3.2. Consideración previa
- Fragmento 28
- III.3.3. Sobre la falta de fundamentación, motivación y congruencia denunciadas
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte